
El Servicio de Impuestos Internos restructura la Dirección de Grandes Contribuyentes y Fija nueva Nomina de Grandes Contribuyentes
Santiago, 11 de Julio del 2023
1. Antecedentes
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° bis y 9° inciso final de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, la Dirección de Grandes Contribuyentes tendrá competencia sobre todo el territorio nacional y ejercerá jurisdicción sobre los contribuyentes calificados como «Grandes Contribuyentes» por Resolución del Director.
Asimismo, mediante Resolución Exenta SII N° 95, de 2010, se estableció la organización de la Dirección de Grandes Contribuyentes, estableciendo las unidades que la conforman y sus respectivas funciones.
Por otro lado, mediante la Resolución Exenta SII Nº 142, publicado el 30 de diciembre de 2021, se fijó la última nómina de contribuyentes que se calificaban como “Grandes Contribuyentes”, y sobre los cuales ejerce jurisdicción la Dirección de Grandes Contribuyentes, cualquiera sea su domicilio, la cual se contenía en el “Anexo A” de la mencionada resolución, y que formaba parte integrante del acto administrativo.
2. Restructuración de la Dirección de Grandes Contribuyentes
Con el objetivo de modificar la estructura de la Dirección de Grandes Contribuyentes a fin de adaptarse al Modelo Integrado de Gestión de Cumplimiento Tributario y en general, a las nuevas políticas del SII, respecto a las estrategias para abordar el aseguramiento del cumplimiento tributario de los Grupos Empresariales, con enfoque en la Responsabilidad Social Tributaria, con fecha 28 de junio de 2023, se publicó la Resolución Exenta Nº 74 donde se estableció la nueva estructura de la Dirección de Grandes Contribuyentes, conformada de la siguiente manera:
- Departamento de Cumplimiento de Grandes Grupos Empresariales N° 1;
- Departamento de Cumplimiento de Grandes Grupos Empresariales N° 2;
- Departamento de Cumplimiento de Grandes Grupos Empresariales N° 3;
- Departamento Jurídico;
- Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios;
- Departamento de Administración;
- Oficina de Facilitación y Asistencia y,
- Oficina de Apoyo a la Gestión.
Según el Director de SII, Hernán Frigolett, “el objetivo de este trabajo es enfrentar los desafíos que implica la estrategia de fiscalización que el SII está implementando con los Grandes Grupos Empresariales que generan el mayor porcentaje de recaudación del país”.1
Las funciones generales de cada departamento y oficinas, para la correcta implementación de este nuevo modelo, se detalla en el presente Anexo.
3. Nueva Nómina de «Grandes Contribuyentes»
Con fecha 28 de junio de 2023, se publicó la Resolución Exenta SII Nº 75 donde el Servicio de Impuestos Internos (SII) con el objetivo de mejorar la gestión del cumplimiento tributario, y en atención al dinamismo con que suceden los acontecimientos en la vida económica, actualizó a los contribuyentes que se incorporan o excluyen en la «Nómina de Grandes Contribuyentes».
Dicho actuar tiene como alcance fiscalizar y proveer servicios, orientados a la correcta aplicación de los impuestos internos de manera eficiente, equitativa y transparente, a fin de asegurar el cumplimiento tributario, mitigar los riesgos de incumplimiento a través de un modelo integral y consolidado a los grupos empresariales o entidades asociadas.
Por consiguiente, se establecen los criterios para ser considerados como “Grandes Contribuyentes” como son:
a) Pertenecer a un grupo empresarial2 en que la sumatoria de los ingresos o ventas anuales de los tres últimos años comerciales, de las empresas residentes en Chile del grupo, sin ajustar operaciones entre relacionadas, sean iguales o superiores a 75.000.000 de unidades de fomento (UF);
b) Pertenecer a un grupo empresarial multinacional3 cuya entidad matriz o controladora tenga residencia para efectos tributarios en Chile y hubiese estado obligada a presentar la declaración jurada, “Reporte País por País” en Chile, en al menos uno de los tres últimos años comerciales;
Cabe indicar que, el Director de Grandes Contribuyentes también podrá calificar bajo esta definición a quienes no cumplan con los criterios antes mencionados o a su vez excluir a ciertos contribuyentes que cumplan con los criterios antes mencionados.
Asimismo, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- En el caso de ingresos a la “Nómina de Grandes Contribuyentes”, en general, la permanencia mínima será de tres años contados desde la fecha de vigencia de la Resolución que les haya otorgado la calificación de Grandes Contribuyentes.
- En caso de querer ser incluidos o excluidos de esta definición, deberán presentar una solicitud fundada a la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio.
4. Efectos de esta nueva resolución
El objetivo por parte del SII está en asegurar los altos niveles de cobertura y recaudación directa e indirecta a fin de reducir la evasión y elusión fiscal, por medio de la restructuración del área de grandes contribuyentes; concentrando a los contribuyentes que pertenezcan a grupos empresariales; incluyendo a los contribuyentes con transacciones internacionales y filiales en el extranjero.
Esto ocasionará una mayor fiscalización en el ámbito de Precios de Transferencia no solo de manera individual sino a través de posibles fiscalizaciones compartidas con otras Administraciones Tributarias dado que ahora la revisión también se centrará en los grupos empresariales, dado que aún existen empresas que no presentan sus declaraciones juradas o habiéndolo presentado, no mantiene la documentación correcta para su sustento como es el Estudio de Precios de Transferencia. Es el caso de los contribuyentes obligados a la presentación del Formulario 1907, que habiéndolo presentado no lo documentan correctamente, al no exigir la misma adjuntar un estudio de Precios de Transferencia como si es el caso de la Declaración Jurada anual sobre Archivo Local (Formulario 1951).
Es nuestra recomendación, que la persona asignada por la Compañía responsable de estos temas, se ponga en contacto con sus asesores de Precios de Transferencia, a fin de que revisen el impacto en concreto de lo mencionado en la presente alerta.
Como siempre, estamos a su disposición para absolver cualquier consulta que tengan a bien formular.
Atentamente,
TP Consulting Chile
1Servicio de Impuestos Internos (30 de junio de 2023). SII reestructura Dirección de Grandes Contribuyentes como parte de su estrategia para fiscalizar el cumplimiento tributario de los Grandes Grupos Empresariales. https://www.sii.cl/noticias/2023/300623noti01rp.htm
2La definición de Grupo Empresarial se encuentra contemplado en el Anexo 3 de la Resolución Exenta SII Nº 75.
3La definición de Grupo empresarial multinacional se encuentra contemplado en el Anexo 3 de la Resolución Exenta SII Nº 75.
ANEXO
